Su importancia histórica e influencia en la ciencia del
Derecho, que se extiende también a los países de common law, se manifiesta en la pervivencia de numerosas instituciones
jurídicas latinas en la actualidad, como la hipoteca o la teoría del contrato, y en la gran cantidad de expresiones jurídicas latinas.
En la actualidad, el derecho romano es objeto de estudio
de una disciplina jurídica internacional, la romanística, cuya sede son
las facultades de derecho de todo el mundo.
En virtud de este carácter
internacional, el derecho romano se cultiva en varios idiomas, principalmente
italiano («lingua franca» de la romanística), seguido por
el alemán y el español.
Hasta la mitad del siglo XX hubo importantes contribuciones
en francés, pero en la actualidad esta situación ha variado a la baja; el
inglés es un idioma de uso minoritario en el cultivo de la disciplina, aunque
se acepta como idioma científico en la mayoría de las publicaciones.
El español
se consolidó como idioma científico en esta disciplina a partir de la segunda
mitad del siglo XX, gracias a la altura científica que alcanzó la romanística
española, comandada por Álvaro d'Ors y
continuada por sus discípulos.
La definición del derecho romano se comprende mejor si se construye a partir de la comprensión de sus nociones fundamentales y de su sistema de fuentes.
Sin embargo, éstas no permanecen idénticas en el transcurso de la historia del derecho romano, sino que varían tanto en su número, como en su valor dentro del sistema de fuentes mismo.
Es este sistema el que provee de nociones claves para entender lo que en Roma se entiende por derecho. Con todo, es posible adelantar que la expresión ius es la que se utiliza para señalar al derecho. Esta expresión se opone a la de fas, que designa a la voluntad divina.
Esta clara delimitación entre derecho y religión es patente en testimonios que datan desde el s. III a. C., pero ello no es válido para los primeros tiempos, como se verá.
A su vez, la expresión ius servirá para la identificación de diversas categorías del mismo, tales como ius civile, ius naturale, ius honorarium, o ius gentium, por nombrar algunas de las más relevantes.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario